INFORME DE LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA SOBRE LA EXPRESIÓN VIOLENCIA DE GÉNERO
El anuncio de que el Gobierno deEspaña va a presentar un Proyecto de Ley integral contra la violencia degénero ha llevado a la Real Academia Española a elaborar el presente Informesobre el aspecto lingüístico de la denominación, incorporada ya de formaequivalente en las Leyes 50/1997 y 30/2003 al hablar de impacto por razón degénero.
El análisis y la propuesta que alfinal de este Informe se presentan a la consideración del Gobierno han sidoaprobados en la sesión plenaria académica celebrada el pasado jueves día 13 demayo.
1. Origen de la expresión
La expresión violencia de géneroes la traducción del inglés gender-based violence o gender violence, expresióndifundida a raízdel Congreso sobre la Mujer celebrado en Pekín en 1995 bajo los auspicios de la ONU. Con ella se identifica la violencia, tanto físicacomo psicológica, que se ejerce contra las mujeres por razón de su sexo, comoconsecuencia de su tradicional situación de sometimiento al varón en lassociedades de estructura patriarcal.
Resulta obligadopreguntarse si esta expresión es adecuada en español desde el punto de vistalingüístico y si existen alternativas que permitan sustituirla con ventaja y deacuerdo con otras fórmulas de denominación legal adoptadas por paísespertenecientes al área lingüística románica y con el uso mayoritario delos países hispanohablantes.
2. Análisis sobre la conveniencia de su uso en español
La palabra génerotiene en español los sentidos generales de ‘conjunto de seres establecido enfunción de características comunes’ y ‘clase o tipo’: Hemos clasificado sus obras por géneros; Ese género de vida puede ser pernicioso para la salud. En gramática significa ‘propiedad delos sustantivos y de algunos pronombres por la cual se clasifican enmasculinos, femeninos y, en algunas lenguas, también en neutros’: Elsustantivo ‘mapa’ es de género masculino. Para designar la condiciónorgánica, biológica, por la cual los seres vivos son masculinos o femeninos, debeemplearse el término sexo: Las personas de sexo femenino adoptaban una conducta diferente. Es decir, las palabras tienen género(y no sexo), mientras que los seres vivos tienen sexo (y no género).En español no existe tradición de uso de la palabra género como sinónimode sexo.
Es muy importante,además, tener en cuenta que en la tradición cultural española la palabra sexono reduce su sentido al aspecto meramente biológico. Basta pensar al propósitolo que en esa línea ha significado la oposición de las expresiones sexofuerte / sexo débil, cuyo concepto está, por cierto, debajo de buenaparte de las actuaciones violentas.
En inglés la voz genderse empleaba también hasta el siglo XVIII con el sentido de ‘clase o tipo’ parael que inglés actual prefiere otros términos: kind, sort o class(o genus, en lenguaje taxonómico). Como en español, gender se utiliza también con el sentido de‘género gramatical’.Pero, además, se documenta desde antiguo un uso traslaticio de gendercomo sinónimo de sex, sinduda nacido del empeño puritano en evitar este vocablo. Con el auge de los estudiosfeministas, en los años sesenta delsiglo xx se comenzó a utilizar en el mundoanglosajón el término gender conel sentido de ‘sexo de un ser humano’ desde el punto de vista específico de lasdiferencias sociales y culturales, en oposición a las biológicas, existentesentre hombres y mujeres.
Tal sentido técnico específico hapasado del inglés a otras lenguas, entre ellas el español. Así pues, mientras que con la voz sexose designa una categoría meramente orgánica, biológica, con el término génerose ha venido aludiendo a una categoría sociocultural que implica diferencias odesigualdades de índole social, económica, política, laboral, etc. En esa línease habla de estudios de género, discriminación de género, violencia degénero, etc. Y sobre esa base se ha llegado a veces a extender el uso deltérmino género hasta su equivalencia con sexo: «El sistema justo sería aquel que noasigna premios ni castigos en razón de criterios moralmente irrelevantes (laraza, la clase social, el género de cada persona)» (País [Esp.] 28.11.02); «Los mandos medios de las compañíassuelen ver cómo sus propios ingresos dependen en gran medida de la diversidad étnica y de género que se da en su plantilla» (Mundo [Esp.] 15.1.95).Es obvio que en ambos casos debió decirse sexo, y no género.
3.Documentación de las diversas expresiones usadas en español para expresar el concepto
| términos | Documentación Internet (Google) | Documentación CREA | Año primera documentación CREA |
| violencia doméstica | 100 000 documentos | 136 (72) | 1983 |
| violencia intrafamiliar | 45 000 documentos | 49 (34) | 1993 |
| violencia de género | 37 700 documentos | 19 (9) | 1993 |
| violencia contra las mujeres | 35 800 documentos | 17 (11) | 1977 |
| violencia familiar | 30 000 documentos | 34 (25) | 1988 |
| violencia de pareja | 3000 documentos | 1 | 2001 |
| discriminación por razón de sexo | 13 100 documentos | 70 | 1983 |
Como se advierte a simplevista, la expresión violencia doméstica es la más utilizada con bastantediferencia en el ámbito hispánico, doblando a la expresión violenciaintrafamiliar muy frecuente en Hispanoamérica junto con violenciafamiliar y violencia contra las mujeres.
Critican algunos el usode la expresión violencia doméstica aduciendo que podría aplicarse, ensentido estricto, a toda violencia ejercida entre familiares de un hogar (y nosólo entre los miembros de la pareja) o incluso entre personas que, sin serfamiliares, viven bajo el mismo techo; y, en la misma línea -añaden-, quedaríanfuera los casos de violencia contra la mujer ejercida por parte del novio ocompañero sentimental con el que no conviva.
De cara a una “Ley integral”la expresión violencia doméstica, tan arraigada en el uso por suclaridad de referencia, tiene precisamente la ventaja de aludir, entre otrascosas, a los trastornos y consecuencias que esa violencia causa no sólo en lapersona de la mujer sino del hogar en su conjunto, aspecto este último al queesa ley específica quiere atender y subvenir con criterios de transversalidad.
4.Propuesta de denominación
Para que esa ley integralincluya en su denominación la referencia a los casos de violencia contra lamujer ejercida por parte del novio o compañero sentimental con el que noconviva, podría añadirse “o por razón de sexo”. Con lo que ladenominación completa más ajustada sería LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIADOMÉSTICA O POR RAZÓN DE SEXO.
En la misma línea,debiera en adelante sustituirse la expresión “impacto por razón de género”por la de “impacto por razón de sexo”, en línea con lo que laConstitución establece en su Artículo 14 al hablar de la no discriminación “por razón de nacimiento, raza,sexo...”.
Avala a esta propuesta elhecho de que la normativa gemela de países de la lengua románica adoptacriterios semejantes.
Así en el áreafrancófona:
- En Canadá se discute [texto de 2002] una «Loi de la famille et criminalisation de la violence domestique».
- En Bélgica existe una ley (24 noviembre 1997) «visant à combarte la vilence au sein du couple». Con posterioridad, se ha lanzado una «Campagne nationale de lutte contre les violences domestiques».
- La ministra Nicole Ameline prepara en Francia [2003] una ley que incluye, entre otros aspectos, la «violence à l’égard des femmes».
- La ley luxemburguesa (8 septiembre 2003) trata «sur la violence domestique».
En Italia se documentan ampliamente : Vilonecia contro le done
Violenza verso le donne
Violenza sulle donne
Violenza doméstica
Violenza familiare
Finalmente, en los medios de comunicación españoles predomina hoy, bien que con titubeos, ladenominación violencia doméstica. La opción lingüística que la próximaLey adopte resultará claramente decisiva para fijar el uso común. De ahí lanecesidad, a juicio de la Real Academia Española, de que el Gobierno consideresu propuesta.
Madrid, 19 de mayo de 2004